En la Comunidad Autónoma de Cataluña se han promulgado dos leyes lingüísticas hasta ahora: la primera, la Ley de normalización lingüística en Cataluna del 1983 (LNL) y la segunda, la Ley de politica lingüística del 1998 (LPL), que estávigente y ha sustituido la primera.
Las dos leyes tienen en comun el rasgo de intentar proteger con efectividad el derecho lingüístico de los catalanohablantes. La LNL introduce dos estatus linguisticos, la lengua propia y la lengua oficial, y los asigna a las dos lenguas de manera que el catalán tiene los dos estatus mientras que el castellano tiene sólo uno (el de la lengua oficial). La LPL, manteniendo la planificación de estatus lingüístico, elimina la ambigüedad de lo oficial y lo público en la definición de la LNL y sistematiza los sujetos responsables en éste, garantizando así la presencia social del catalán. De este modo, La LPL ha consolidado la protección del derecho linguistico de los catalanohablantes.
Esta consolidacion es de plena importancia para conseguir la igualdad lingüística efectiva donde la situación diglósica quede superada y se practique por lo gencral un bilingüismo bilateral (un catalanohablante y un castellanohablante se comunican hablando su lengua).
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